24 de octubre de 2026

¿Por qué Interpol retiró la ficha roja de Inés Gómez Mont? Los cuatro argumentos de su defensa

La defensa de Inés Gómez Mont y Víctor Manuel Álvarez Puga cuestionó el proceso judicial mexicano por presunta motivación política, riesgo de detención arbitraria y posibles violaciones a sus derechos.

La defensa de Inés Gómez Mont y Víctor Manuel Álvarez Puga cuestionó el proceso judicial mexicano ante Interpol y solicitó cancelar las alertas internacionales. Entre sus argumentos señaló una presunta motivación política, posibles riesgos de detención arbitraria y un amparo que, según sus abogados, seguía sin una resolución de fondo.

La cancelación de las fichas rojas, con efectos desde el 25 de septiembre de 2026, no elimina las órdenes de aprehensión vigentes en México ni resuelve las acusaciones penales contra la pareja.

Los argumentos legales que presentó la defensa

La solicitud de revisión fue presentada el 13 de octubre de 2025. Según la información difundida sobre el expediente, los abogados de ambos plantearon cuatro motivos para cuestionar que sus datos continuaran en los sistemas de búsqueda de Interpol.

Es importante distinguir entre los argumentos de la defensa y los fundamentos oficiales de la decisión: hasta la información pública disponible al 24 de octubre de 2026, no se había difundido una explicación oficial completa de Interpol que permitiera establecer qué razonamientos fueron determinantes para retirar las alertas.

1. Presunta motivación política del proceso

El primer argumento se apoyó en el artículo 3 de la Constitución de Interpol, que prohíbe a la organización intervenir en asuntos de carácter político, militar, religioso o racial.

La defensa sostuvo que el procedimiento judicial mexicano tendría una motivación política y que, por ello, mantener las notificaciones sería incompatible con las reglas de la organización.

Esta afirmación corresponde a la postura de los abogados. No constituye, por sí misma, una determinación judicial de que las acusaciones en México sean políticas.

2. Riesgo de detención arbitraria

El segundo planteamiento se relacionó con la prisión preventiva oficiosa. Los representantes legales argumentaron que la entrega de la pareja a las autoridades mexicanas podría exponerla a una detención arbitraria por la aplicación de esa figura.

El argumento busca cuestionar las condiciones que, desde la perspectiva de la defensa, enfrentarían ambos si fueran puestos a disposición de la justicia mexicana.

Sin embargo, la existencia de ese riesgo como fundamento aceptado por Interpol no puede darse por confirmada sin conocer la resolución completa del organismo.

3. Presuntas afectaciones al juicio justo y a la presunción de inocencia

El tercer argumento cuestionó la exposición pública del caso desde 2021 y sus posibles efectos sobre los derechos de los señalados.

La defensa sostuvo que la difusión de las acusaciones habría perjudicado la presunción de inocencia y las condiciones necesarias para un juicio justo. También cuestionó la independencia efectiva del sistema judicial mexicano.

Estas alegaciones tampoco equivalen a una sentencia que declare violados los derechos de Gómez Mont o Álvarez Puga. Para establecerlo sería necesario conocer una resolución de la autoridad competente.

4. Un amparo sin resolución de fondo, según la defensa

El cuarto planteamiento se centró en la duración de un juicio de amparo promovido contra la orden de aprehensión.

De acuerdo con la información publicada sobre el expediente, el recurso se presentó en noviembre de 2021 y cuestionaba la orden judicial emitida contra la pareja. Los abogados señalaron que, después de varios años de trámites y conflictos de competencia entre juzgados, el asunto seguía sin una resolución de fondo.

La defensa utilizó ese antecedente para argumentar que no había contado con un recurso judicial efectivo para impugnar la medida.

Este punto es relevante porque plantea una cuestión procesal concreta: si el recurso fue tramitado en un plazo razonable y si permitió obtener una respuesta judicial sustantiva. No obstante, la ausencia de una resolución favorable no demuestra automáticamente que la orden de aprehensión sea ilegal.

¿Qué establece el artículo 3 de Interpol?

El artículo 3 de la Constitución de la Organización Internacional de Policía Criminal prohíbe a Interpol realizar actividades o intervenir en asuntos de carácter político, militar, religioso o racial.

La regla busca preservar el carácter policial de la cooperación internacional y evitar que sus mecanismos se utilicen para perseguir objetivos ajenos a sus funciones.

En este caso, la defensa invocó esa disposición para cuestionar la permanencia de las fichas rojas. Sin embargo, no debe confundirse el argumento presentado por los abogados con una explicación oficial y definitiva de Interpol sobre las razones de su decisión.

La documentación pública disponible no permite afirmar que el organismo haya declarado probado que las autoridades mexicanas actuaron por motivos políticos.

¿Qué investiga la Fiscalía contra Inés Gómez Mont y su esposo?

La Fiscalía General de la República ha relacionado a Gómez Mont y Álvarez Puga con una investigación por presunta delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita. También se han señalado posibles irregularidades fiscales vinculadas con un esquema de facturación.

La investigación se ha relacionado con contratos de servicios para el sistema penitenciario federal y con operaciones que, según la acusación, habrían utilizado empresas para simular transacciones y mover recursos.

Las imputaciones y sus alcances deben distinguirse de los hechos que hayan sido acreditados judicialmente. La responsabilidad penal de cada persona debe determinarse mediante los procedimientos legales correspondientes.

Sheinbaum pide explicaciones y busca recuperar las alertas

La presidenta Claudia Sheinbaum informó el 30 de septiembre de 2026 que las fichas rojas habían sido retiradas y adelantó que el Gobierno mexicano solicitaría una explicación a Interpol.

El 8 de octubre, la mandataria reiteró que su administración seguía buscando información sobre los motivos de la decisión. También pidió a su gabinete de seguridad y a la Secretaría de Hacienda reunir información sobre las irregularidades atribuidas a la pareja.

La posición del Gobierno mexicano ha sido procurar que las alertas sean reactivadas. Sin embargo, al 24 de octubre no se había hecho pública una explicación oficial completa que permitiera conocer los fundamentos específicos de la cancelación.

¿Qué significa retirar una ficha roja?

Una notificación roja de Interpol es una solicitud dirigida a las autoridades policiales de sus países miembros para localizar a una persona y, cuando la legislación aplicable lo permita, detenerla provisionalmente con miras a una extradición o actuación legal equivalente.

No es una orden internacional de arresto que obligue automáticamente a todos los países a detener a la persona señalada.

Por eso, cancelar una notificación no anula por sí misma una orden de aprehensión emitida en México, ni extingue una investigación penal o una solicitud de extradición que pueda tramitarse por otras vías.

En el caso de Gómez Mont y Álvarez Puga, las órdenes de aprehensión mexicanas continúan vigentes, según la información pública difundida sobre el asunto.

Qué falta por aclarar

La pregunta central sigue siendo cuáles fueron los fundamentos concretos que llevaron a Interpol a retirar las notificaciones. Los cuatro argumentos conocidos corresponden a la estrategia legal atribuida a la defensa, pero no permiten determinar por sí solos cuáles fueron aceptados por el organismo.

También permanece pendiente conocer el resultado de las gestiones del Gobierno mexicano para obtener una explicación y, en su caso, solicitar la reactivación de las alertas.

Mientras tanto, la cancelación de las fichas rojas no representa una absolución ni una declaración de inocencia o culpabilidad. El proceso penal mexicano y las controversias legales planteadas por la defensa son asuntos distintos que deben evaluarse conforme a las resoluciones correspondientes.

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