20 de septiembre de 2026

Adrián “N” recibe 156 años de prisión por desaparición de cinco personas en Guanajuato

La Fiscalía de Guanajuato reportó una sentencia acumulada de 156 años y tres meses contra Adrián “N” por la desaparición de cinco personas ocurrida entre Guanajuato capital y Silao.
Foto: FEG

La Fiscalía General del Estado de Guanajuato reportó una condena de 156 años y tres meses de prisión contra Adrián “N”, a quien responsabilizó de la desaparición de cinco personas en hechos ocurridos entre Guanajuato capital y Silao. De acuerdo con la información difundida este domingo 13 de septiembre, las víctimas fueron tres hombres y dos mujeres, quienes habrían sido privadas de la libertad entre enero y febrero de 2021.

Según la versión atribuida a la Fiscalía, las víctimas fueron trasladadas posteriormente a un inmueble localizado en Silao, utilizado como lugar de cautiverio. En ese sitio, las cinco personas habrían permanecido ocultas y sometidas a distintas formas de violencia y tortura.

La investigación fue desarrollada por el Ministerio Público especializado en la investigación de personas desaparecidas. Como resultado de las indagatorias, las autoridades identificaron a Adrián “N”, obtuvieron una orden de aprehensión y posteriormente lo llevaron ante un juez.

La Fiscalía señaló que durante el proceso judicial logró acreditar la responsabilidad del acusado por el delito de desaparición cometida por particulares. De acuerdo con la información publicada, dos de las víctimas fueron consideradas dentro de la modalidad de desaparición cometida por particulares, mientras que respecto de las otras tres se acreditó una modalidad agravada.

Durante la audiencia de individualización de sanciones, el juez impuso una pena acumulada de 156 años y tres meses de prisión, además de la suspensión de los derechos político-electorales por el mismo periodo, una multa económica y la reparación integral del daño a las víctimas.

La Fiscalía presentó el resultado como una sentencia de gran relevancia contra una persona vinculada con una serie de desapariciones. Sin embargo, conviene precisar que la expresión “sentencia vitalicia” utilizada en la publicación original es una interpretación periodística: la pena reportada es de 156 años y tres meses, por lo que no debe escribirse que legalmente se trata de una prisión vitalicia sin consultar el contenido íntegro de la resolución judicial.

También es importante distinguir entre los delitos señalados. La información proporcionada inicialmente utiliza los términos “secuestro, tortura y desaparición”, pero el dato central que se atribuye formalmente a la Fiscalía es la condena por desaparición cometida por particulares, incluyendo una modalidad agravada para tres de las víctimas. No debe afirmarse que Adrián “N” fue condenado específicamente por cinco delitos de secuestro y tortura si la resolución judicial no lo establece.

El caso tiene como escenario a dos municipios de Guanajuato: la capital del estado, donde habrían ocurrido las privaciones de la libertad, y Silao, donde presuntamente se encontraba el inmueble utilizado para mantener cautivas a las víctimas.

Como antecedente distinto, en julio de 2025 la Fiscalía de Guanajuato reportó otra sentencia contra un hombre identificado como Juan Adrián “N”, condenado a 18 años por la desaparición de un joven de León ocurrida en noviembre de 2024. No existe evidencia en las fuentes consultadas para afirmar que se trate de la misma persona, por lo que ambos casos deben mantenerse separados.

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