Edomex: investigan contrato de mil 700 millones por distribución de medicamentos y farmacias hospitalarias
El subsecretario de Salud, Eduardo Clark, señaló que contratos celebrados durante 2022 y 2023 alcanzaron aproximadamente mil 700 millones de pesos para distribuir medicamentos y operar farmacias en hospitales públicos del Estado de México. Según el funcionario, después de cambiar el esquema de contratación, el costo anual bajó 32% y el volumen distribuido aumentó entre 30% y 40%; la empresa involucrada no fue identificada públicamente debido a una investigación en curso.

Un contrato relacionado con la distribución de medicamentos y la operación de farmacias en hospitales públicos del Estado de México quedó bajo la lupa de la Secretaría de Salud federal, luego de que el subsecretario Eduardo Clark reportara posibles sobrecostos de entre 50% y 60% por pieza distribuida.
Durante la conferencia matutina de la presidenta Claudia Sheinbaum del martes 20 de octubre de 2026, el funcionario explicó que una empresa privada recibió contratos por aproximadamente mil 700 millones de pesos durante 2022 y 2023.
Clark no reveló la identidad de la compañía, al señalar que se encuentra bajo investigación. Indicó, sin embargo, que los contratos pueden consultarse mediante las plataformas públicas de transparencia.
El caso no se limita al costo del traslado de medicamentos. De acuerdo con la explicación del subsecretario, el servicio también contemplaba que una empresa privada administrara las farmacias dentro de hospitales públicos, una actividad que el Gobierno busca incorporar a sus esquemas de operación directa.
¿De cuánto fue el contrato de medicamentos en el Edomex?
La cifra presentada por Clark fue de aproximadamente mil 700 millones de pesos para el periodo 2022-2023. El funcionario mencionó, además, un contrato por 872 millones de pesos correspondiente a 2023.
El acuerdo incluía la distribución de medicamentos y la operación de farmacias hospitalarias. En su explicación, Clark cuestionó que estas últimas fueran administradas por trabajadores de una empresa privada en lugar de personal integrado a los servicios sanitarios públicos.
Es importante distinguir entre el monto contractual y el presunto sobrecosto. Los mil 700 millones de pesos corresponden al valor aproximado de los contratos mencionados por el funcionario; no significan que esa cantidad completa represente un daño patrimonial.
Hasta el momento, la información pública consultada no permite establecer el monto exacto de un eventual perjuicio, ni atribuir responsabilidades administrativas o penales a personas determinadas.
¿Cómo se calcularon los posibles sobrecostos de hasta 60%?
La explicación de la Secretaría de Salud se basa en dos cambios que, según Clark, ocurrieron después de modificar el esquema de contratación: una disminución del costo anual y un incremento en el número de medicamentos distribuidos.
El funcionario afirmó que el costo anual del servicio se redujo 32%, mientras que el volumen mensual de piezas trasladadas desde los almacenes hacia centros de salud aumentó entre 30% y 40%. A partir de esa comparación, sostuvo que el sobrecosto efectivo por pieza del esquema anterior podría superar el 50% o llegar al 60%.
La diferencia es relevante porque comparar únicamente el importe total de dos contratos puede ofrecer una imagen incompleta si también cambió la cantidad de productos entregados.
Para verificar de manera independiente el cálculo se necesitarían los contratos originales y sus modificaciones, los costos desglosados, las cantidades efectivamente distribuidas, los servicios incluidos y los resultados de las licitaciones posteriores.
La cifra anunciada por el subsecretario es, por ahora, una estimación atribuida a la autoridad federal. La documentación disponible en las fuentes consultadas no permite reproducir de manera independiente todo el cálculo.
El contrato también incluía las farmacias de hospitales públicos

Uno de los aspectos centrales del caso es la subcontratación de las farmacias hospitalarias.
Según la descripción de Clark, la compañía no solamente se encargaba del traslado de medicamentos, sino también de operar las farmacias dentro de hospitales públicos del Estado de México. Esto significa que el servicio contratado comprendía más actividades que la logística de distribución.
El modelo abre varias preguntas sobre la administración de los recursos sanitarios: cuánto costaba cada componente del servicio, qué obligaciones tenía la empresa, cómo se medía su cumplimiento y qué mecanismos utilizaba la institución contratante para supervisar las entregas.
Para responderlas es necesario revisar las condiciones técnicas y económicas del contrato, así como las actas de entrega, los informes de cumplimiento y las posibles observaciones de auditoría.
La subcontratación de un servicio público no demuestra por sí sola una irregularidad. La cuestión es si el procedimiento se ajustó a la ley, si el servicio se prestó conforme a lo contratado y si el costo pagado estuvo justificado.
¿Qué cambió después de modificar el esquema de contratación?
Clark sostuvo que, tras realizar nuevas licitaciones y subastas, el costo anual del servicio disminuyó 32% y se logró movilizar entre 30% y 40% más piezas de medicamentos mensualmente.
Estas cifras son relevantes porque, si se confirman con registros comparables, indicarían que el servicio pudo prestarse a un menor costo y con mayor volumen de distribución.
No obstante, para determinar el ahorro efectivo se debe comparar el gasto total de ambos esquemas, verificar que incluyeran las mismas funciones y revisar si el volumen adicional corresponde a entregas efectivamente recibidas por las unidades médicas.
También falta conocer qué procedimiento de contratación sustituyó al anterior, qué empresas participaron, cuáles fueron los precios ofertados y qué mecanismos de supervisión se establecieron.
¿Qué empresa recibió los contratos millonarios?
La identidad de la compañía no fue revelada durante la conferencia del 20 de octubre. Clark explicó que la empresa se encuentra bajo investigación y señaló que los contratos pueden localizarse en las plataformas de transparencia.
No es posible identificar responsablemente a la empresa con la información pública localizada hasta ahora. Para hacerlo se necesita el expediente contractual original, con el nombre o razón social del proveedor, el número de procedimiento y la dependencia que firmó el acuerdo.
El camino documental más útil es consultar la Plataforma Nacional de Transparencia y los registros de contratación del Estado de México. La búsqueda debe abarcar los ejercicios 2022 y 2023, así como los contratos, convenios modificatorios y pagos vinculados con la distribución de medicamentos y la operación de farmacias hospitalarias.
- Plataforma Nacional de Transparencia
- Portal de contratación pública COMPRANET
- Gobierno del Estado de México
Es importante no confundir una empresa que aparezca en contratos similares con la compañía investigada. El nombre debe coincidir con el expediente específico señalado por la autoridad.
¿Existe un daño patrimonial confirmado?
La información presentada por Clark describe posibles sobrecostos y una investigación en curso, pero no aporta una resolución definitiva que determine un daño patrimonial por una cantidad específica.
Para acreditar un posible perjuicio a las finanzas públicas se necesitaría conocer, entre otros elementos, los precios efectivamente pagados, el servicio recibido, las obligaciones contractuales, las comparaciones de mercado y las conclusiones de las instancias fiscalizadoras competentes.
También sería necesario establecer si se presentó alguna denuncia formal, si existe un procedimiento administrativo y si las autoridades determinaron responsabilidades.
Por ahora, lo periodísticamente correcto es hablar de posibles sobrecostos señalados por la Secretaría de Salud, sin presentar la existencia de un delito como un hecho probado.
Qué falta por esclarecer
El caso plantea preguntas concretas que pueden resolverse mediante documentos públicos:
- ¿Cuál es la razón social de la empresa contratada?
- ¿Qué hospitales y unidades médicas estaban incluidos en el servicio?
- ¿Qué dependencia adjudicó los contratos y mediante qué procedimiento?
- ¿Cómo se integraron los aproximadamente mil 700 millones de pesos?
- ¿Qué documentos respaldan la estimación de sobrecostos de entre 50% y 60%?
- ¿Qué empresa o empresas asumieron el servicio después del cambio de esquema?
- ¿Existe una auditoría, denuncia o expediente administrativo con resultados publicados?
La respuesta a estas preguntas permitirá distinguir entre un contrato costoso, una contratación posiblemente irregular y un daño patrimonial efectivamente acreditado.
Por el momento, el caso representa una revisión relevante del gasto público destinado a la distribución de medicamentos. La identidad del proveedor, el detalle de los pagos y las conclusiones de la investigación son elementos indispensables para determinar el alcance de las posibles irregularidades.
